El Gobierno fijó nuevos precios máximos para gas propano y butano y para la venta de garrafas. También incrementó el subsidio para el Programa Hogar.
Por medio de la Resolución 30/2020 de la Secretaría de Energía publicada este lunes en el Boletín Oficial, el Gobierno estableció nuevos precios máximos de referencia para gas propano y butano y para la venta de gas en garrafas. Además, incrementó a $254 (38,79%) el subsidio para el Programa Hogar, beneficio del Estado nacional para viviendas de bajos recursos sin acceso a la red de gas natural.
La norma fijó un valor de $359,62 para las garrafas de 10 kilogramos, de $431,55 para las de 12 kilogramos y de $539,44 y para las de 15 kilogramos. En todos los casos, esto significó un aumento del 25,4% en comparación con las últimas cifras establecidas en mayo del año anterior y no incluyen el IVA, ni Ingresos Brutos ni el costo por entrega a domicilio. Asimismo, el valor máximo en planta del productor de la tonelada de gas propano y del butano de uso doméstico con destino a garrafa quedó a $10.885.
«Teniendo en cuenta la variación experimentada en los valores asociados a la producción de Gas Licuado de Petróleo (GLP), así como en los costos observados en los segmentos de fraccionamiento, distribución y comercio minorista, resulta necesario actualizar los precios máximos de referencia asociados a la producción y comercialización de GLP, propendiendo a que el precio al consumidor final resulte de los reales costos económicos de la actividad en las distintas etapas, de manera que la prestación del servicio se realice con las debidas condiciones de calidad y seguridad, siempre manteniendo la protección de los usuarios vulnerables a través del Programa Hogar», reza la disposición.
Y agrega: «Los precios máximos de referencia cumplen un rol primordial para poder dar efectivo cumplimiento a los objetivos trazados en la Ley N° 26.020, entre los cuales se destaca, principalmente, el de asegurar el suministro económico de GLP a sectores sociales residenciales de escasos recursos que no cuenten con servicio de gas natural por redes, a cuyo efecto se faculta a la Autoridad de Aplicación para ejercer todas las atribuciones previstas en la ley, y todas las medidas conducentes para asegurar dicho objetivo».
Fuente:infocielo