Algunos días atrás, el ministro de Economía, Sergio Massa, anunció que se otorgarían créditos de hasta 400 mil pesos para trabajadores en relación de dependencia, es decir, registrados y esta mañana ya quedaron oficializados los requisitos.
Según informó ANSES, se trata de una línea de créditos para trabajadoras y trabajadores en relación de dependencia que no se encuentren alcanzados por el Impuesto a las Ganancias, es decir, que cobren hasta 700 mil pesos mensuales y que tengan un antigüedad no menor a seis meses en ese puesto.
Los créditos serán de hasta 400 mil pesos y se podrán financiar en 24, 36 o 48 cuotas. Además, contarán con una tasa subsidiada por el Estado Nacional del 50 por ciento anual.
Según se informó a través del Decreto 463/2023, la medida se implementa para «aliviar el actual contexto económico desafiante que afecta sensiblemente a las trabajadoras y los trabajadores».
Uno por uno, los requisitos para acceder a los créditos
El Decreto determina que los trabajadores y las trabajadoras que puedan acceder a esta línea de créditos deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Encontrarse en relación de dependencia en las modalidades y condiciones que establezcan las normas aclaratorias y complementarias y contar con remuneración que, al momento de la solicitud del crédito, sea inferior a la remuneración vigente a partir de la cual comienzan a estar alcanzados y alcanzadas por el gravamen de impuesto a las ganancias.
- Encontrarse residiendo de manera permanente en el país.
- Poseer una antigüedad no inferior a seis meses continuos bajo el mismo empleador.
- No superar, a la fecha de finalización del pago del crédito, la edad legal de jubilación.
- No superar la “Situación 2”, según la categoría registrada que estipula la Central de Deudores que publica el Banco Central.
- No ser beneficiario o beneficiaria de jubilación y/o pensión con línea de Crédito vigente dentro del programa «Créditos ANSES».
- Ser titular de una tarjeta de crédito de un Banco que opere en la República Argentina, donde la persona tomadora perciba su remuneración mensual.
Vale marcar también que en todos los casos la relación cuota-ingreso del crédito otorgado no puede superar el 20 por ciento de la remuneración bruta mensual.
Finalmente, se subraya que el pago de la primera cuota para los créditos otorgados tendrá un período de gracia que podrá extenderse hasta tres meses, según la fecha de otorgamiento del crédito en función del día de cobro de la remuneración del trabajador o de la trabajadora.
Fuente: Infocielo