Directivos de entidades de medicina prepaga mantuvieron conversaciones con funcionarios del Ministerio de Economía en los últimos días y llegaron a un acuerdo que incluye beneficios impositivos para el sector prestador y la suspensión de las subas para las cuotas a pagar por los afiliados en octubre, noviembre y diciembre.
La factura que se abona en estos primeros días de septiembre sí tiene el aumento de 7,18% (o del 5,58%, en caso de los usuarios con suba topeada) que el Gobierno ya había autorizado hace poco más de un mes.
Cuáles son los requisitos para acceder al “congelamiento” de precios
Los requisitos para acceder a la suspensión durante tres meses se refieren al grupo familiar y son los siguientes:
– No tener ingresos brutos mensuales iguales o superiores a $2.000.000.
– No ser propietario de dos o más inmuebles.
– No ser propietario de tres o más vehículos, excepto los hogares en los que haya alguien con Certificado Único de Discapacidad (CUD).
– No ser propietario de aeronaves o embarcaciones de lujo.
– No ser titular de activos societarios que exterioricen capacidad económica.
Cómo acceder al “congelamiento” de precios
La suspensión del aumento en los precios de las cuotas no sucederá de manera automática ni de forma generalizada.
La Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) habilitó en la tarde de este lunes un formulario para solicitar “la suspensión provisoria de la aplicación de actualización de valores de planes de empresas de medicina prepaga”.
Los usuarios deberán completar una declaración jurada online y cumplir con varios requisitos vinculados con los ingresos y con el patrimonio del grupo familiar adherido al plan de salud, para lo cual se puede hacer click acá en el caso de quienes hayan hecho el trámite virtual para pedir topes a las subas de algunos meses de este año.
La declaración, que habrá que realizar al principio de cada uno de los tres meses (la actual será para las cuotas de octubre, que tienen previsto un aumento de 6,97%), consiste en marcar la opción “sí” o “no” a las afirmaciones a través de las cuales se explicitan los requisitos para acceder al “congelamiento”. Marcar que “no”, claro, implica que no regirá la suspensión de los aumentos.
Paso a paso: cómo pedir el «congelamiento» si no se hizo antes el trámite para los topes de las cuotas
Los afiliados que no hayan pedido topes a las subas de algunos meses de este año deberán ingresar, como primer paso, al sitio web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) con clave fiscal.
Luego, entre las opciones de “Mis Servicios”, ir a “Administrador de Relaciones de Clave Fiscal”. Allí se desplegará un listado de organismos estatales y se debe clickear en el logo de la Superintendencia de Servicios de Salud. Entre los títulos que se despliegan, se debe elegir “Mi SSSalud”.
Después, se tiene que confirmar la adhesión, desloguearse y volver a entrar a la página de la AFIP para chequear que el servicio haya quedado incorporado.
Una vez hecho esto, se podrá ingresar desde la página https://www.sssalud.gob.ar/misssalud/ (donde se pide clave fiscal) a los servicios interactivos de la Superintendencia, entre los que se debe elegir el correspondiente a la declaración jurada de ingresos. Asimismo, se puede ingresar desde el sitio del organismo recaudador, clickeando “Mi SSSalud” que -si antes se hizo el ya mencionado trámite de habilitación- aparecerá entre los títulos de “Mis servicios”.
En el formulario, el primer dato que se pide es el de la prepaga a la cual la persona está afiliada.
Por último, se debe seleccionar la opción correcta en un listado, ingresando el número de CUIT de la entidad o escribiendo las primeras letras de la denominación.
Fuente: Crónica